REGIMEN ECONOMICO MATRIMONIAL
Esta materia tiene una gran trascendencia económica antes de la celebración del matrimonio, durante el matrimonio y una vez finalizado el mismo.
Usted puede elegir cual va a ser su régimen económico matrimonial con anterioridad a la celebración de su matrimonio por medio del otorgamiento de capitulaciones matrimoniales.
Del mismo modo, una vez celebrado, y durante su vigencia, puede decidir modificarlo pasando por ejemplo del régimen económico de gananciales al de separación de bienes.
En el supuesto de que usted quiera separase o divorciarse y su matrimonio se haya regido por el régimen económico legal de gananciales será necesario proceder a su liquidación y a la adjudicación de las partes a cada uno de los cónyuges -ya sea por mutuo acuerdo, o si este no es posible, acudiendo a los tribunales-.
Para evitar el coste económico y personal que suele acarrear un procedimiento contencioso y su dilatada duración en el tiempo, en Despacho Jurídico de Familia intentamos, siempre que es posible, alcanzar un acuerdo. |